Ley Antifraude
Uno de los puntos clave que marca la ley Antifraude es que las facturas no pueden modificarse después de su aprobación/emisión.
Por este motivo, en facturas de ingresos el cambio de estado pasa a estar más restringido, no pudiendose cambiar libremente sino siguiendo una secuencia.
Estados de facturas
Pendiente: Estado inicial de la factura, permite editarla libremente.
EnvÃada: Estado antiguo no disponible pero que se mantiene visible dado que hay facturas que lo tienen por compatibilidad.
Aprobado: Estado definitivo de la factura, ya no se permite modificar los datos que afectan fiscalmente a la factura (empresa, conceptos, número, fecha...) pero si se pueden modificar las imputaciones, comentarios, pagos..
No aprobado: Estado antiguo no disponible pero que se mantiene visible dado que hay facturas que lo tienen por compatibilidad.
Anulada: Estado anulado de la factura. Una vez aprobada, en los casos en que la ley lo permite, que por lo general se hace cuando la factura no procede, no por error de datos, se puede anular en lugar de realizar una rectificada.
Para cambiar el estado ahora se hace desde un botón en la ventana de detalle permitiendo únicamente cambiar a los estados siguientes en función de donde se encuentre. Si está en pendiente se prodrá Aprobar. Si está en aprobado se podrá Anular.

Por defecto, además se entra siempre en modo de lectura. En las pestañas de visualizacion del pdf o datos y la de imputaciones tienen disponible un botón Editar para habilitar la edición si procede.
La pestaña de datos se podrá modificar siempre y cuando el estado sea Pendiente. La pestaña de imputaciones siempre.

Dado que cambiar a estado de Aprobado "bloquea" la factura, se pedirá una doble confirmación.

Anular una factura te pedirá igualmente una doble confirmación. Una vez aceptada, se modificará el pdf original y se incluye una marca de agua para indicar que la factura está anulada.

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